ADQUISICIÓNDE BIENES INMUEBLES ArtÃculo 214.- Transferencia de dominio entre entidades del sector público.- ArtÃculo 215.-Adquisición de bienes inmuebles.- ArtÃculo 216.- Declaratoria de utilidad pública.- ArtÃculo 217.- Avalúo.- Sección Tercera ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES Parágrafo Primero
Encaso de tener alguna consulta sobre un expediente de Solicitud única de la PAC, la misma deberá dirigirse al organismo pagador de la CCAA en la que se presentó dicha solicitud.Las direcciones corporativas de los centros directivos de las comunidades autónomas competentes en el marco de la polÃtica agraria común pueden consultarse aquÃ. CentroRegistral Antiblanqueo (CRAB) Registros. Registro de la Propiedad. Registro Mercantil. Registro de Bienes Muebles. Registro de Condiciones Generales. Registro Público Concursal. Registro de Titularidades Reales. Directorio de Registros de la ELPROYECTO DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES MUEBLES: ESTRUCTURA Y CONTENIDOS Mª José González López Profesora de la Facultad de Bellas Artes. Universidad de Sevilla RESUMEN La intervención en Patrimonio Cultural, con independencia de su tipologÃa, mueble o Nacionalde Abastecimiento (SNA), comunica a las Entidades del sector público lo siguiente: 1. De conformidad con lo previsto en la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de EI2B.